Ing. Francisco Xavier Gamboa Cañedo.
Administracion 2024-2027
FACULTADES Y OBLIGACIONES DEL OFICIAL MAYOR:
El Oficial Mayor tendrá, además de las atribuciones contenidas en el artículo 56 de la Ley de Gobierno Municipal del Estado de Sinaloa, las siguientes:
I. Atender todas las actividades que les sean encomendadas por el Presidente Municipal, informando oportunamente de las gestiones realizadas y resultados obtenidos.
II. Elaborar el Programa Operativo Anual de la Dependencia.
III. Resguardar el archivo de la documentación relativa a los asuntos de su competencia.
IV. Seleccionar, contratar y capacitar al personal de las dependencias del Gobierno Municipal, y establecer normas y criterios para la contratación y desarrollo del personal.
V. Tramitar las altas en la nómina, remociones, renuncias, licencias y jubilaciones de los trabajadores y funcionarios al servicio del municipio.
VI. Mantener el escalafón de los trabajadores municipales, así como programar los estímulos y recompensas para dicho personal.
VII. Programar y prestar los servicios generales a las dependencias del Municipio, así como de las entidades y organismos descentralizados.
VII. Programar y prestar los servicios generales a las dependencias del Municipio, así como de las entidades y organismos descentralizados.
IX. Participar en la determinación de las condiciones generales de trabajo, difundiéndolas y vigilando su cumplimiento.
X. Imponer las sanciones y medidas disciplinarias a que se hagan acreedores los servidores públicos municipales.
XI. Procurar el oportuno y correcto otorgamiento de prestaciones a los trabajadores municipales.
XII. Promover cursos de alfabetización, capacitación y adiestramiento para los trabajadores municipales.
XIII. Coordinar la asignación de pasantes que presten servicio social en las diferentes áreas administrativas del Ayuntamiento.
XIV. Mantener contacto permanente con las distintas Dependencias Municipales respecto a los problemas laborales que se presenten en las áreas a su cargo.
XV. Coordinarse con la Dirección de Planeación y Desarrollo Social para instrumentar las políticas y normas para la elaboración de los programas operativos anuales de las entidades de la administración pública municipal.
XVI. Recopilar, analizar, documentar y validar la información que se requiera para la implantación de los Sistemas y Procedimientos de control interno y de servicio al ciudadano para las Dependencias y Entidades de la Administración Pública Municipal y expedir los Manuales de Políticas y Procedimientos y de Organización.
XVII. Compilar y llevar el archivo de la documentación relativa a los asuntos de su competencia